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El Reglamento y sus interpretaciones

El Reglamento de una cámara autonómica representa el padrenuestro de su funcionamiento. Lo que dicta va a misa y nadie tiene la potestad de saltárselo. Todo en esta vida está reglado de una forma u otra, y el complejo y variado funcionamiento de una cámara legislativa no iba a ser la excepción. Lo cubre y lo especifica todo o, por lo menos, casi todo. A fin de cuentas, quien redacta un reglamento no deja de ser una persona que, aun estando muy versada en temas parlamentarios, no puede presuponer ni definir toda la casuística que se puede presentar en el funcionamiento de un parlamento. Se pueden dar casos, y se dan, de situaciones y comportamientos que ni siquiera se le habían pasado por la imaginación a la hora de redactar el reglamento y que, con el paso del tiempo, aparecen por sorpresa o por el natural movimiento y evolución del parlamento.

Cómo modificar un reglamento no es algo banal ni superfluo. Cuando surge una situación que es nueva y el político de turno anda un poco despistado y no sabe muy bien hacia donde ir, aparecen las interpretaciones de los servicios jurídicos del parlamento, instrumento más que deseado y apetecible por todo político que se precie, que propone soluciones y arregla entuertos no reglados y que, por tanto, carga en sus espaldas el enfado y disgusto de aquellos a los que dichas interpretaciones afea o deja en entredicho. Vamos, que los letrados de un parlamento se hacen amigos y enemigos a costa de su trabajo. Casos ha habido, los hay y los habrá y se pueden considerar como un ingrediente más de esta salsa espesa y difícil de mezclar que representa la vida política de un parlamento autonómico.

El Parlamento de Cantabria no escapa a este ideario de reglamentos e interpretaciones, y son muchos y variados los casos en que sus servicios jurídicos han tenido que machacarse los cuernos (perdón por la expresión) para que un político tuviera una base legal que justificara una decisión que favorecería a unos y perjudicaría a otros. El último caso, y creo que más complicado, ha sido el generado por el Grupo Parlamentario Podemos Cantabria, que se ha tenido que disolver porque uno de sus integrantes lo ha abandonado y ha pasado a ser diputado no adscrito, pasando los otros dos a formar parte del Grupo Parlamentario Mixto, ya que con solo dos diputados no pueden mantener grupo independiente propio. Sobre el papel no parece un asunto complicado, pero las repercusiones que ha generado sí que son complicadas; la figura del diputado no adscrito, nueva en nuestro parlamento ha llevado por la calle de la amargura a más de un letrado y una Presidenta. ¿Cuáles son sus atribuciones? ¿Puede ser miembro de una Comisión? ¿Qué retribuciones le corresponden? ¿En qué escaño se le puede ubicar en el Hemiciclo? ¿Y en qué despacho del edificio? ¿Cómo se reparten los tiempos de las intervenciones en los plenos? Resumiendo, interpretaciones y más interpretaciones.

Pero aunque este es un tema más que interesante y sirva de ejemplo para más de una tesis doctoral de algún futuro letrado parlamentario, hoy quisiera comentar otro tipo de interpretaciones más sencillas, terrenales y que, seguro nos afectan o han afectado a todos: las relativas a las votaciones en una sesión plenaria. Parece un tema sencillo y que no tiene que generar disputas ni altercados pero, conociendo como conocemos a los políticos y diputados, os podéis hacer una idea de los problemas y debates que ha generado el asunto. Por comenzar por el más obvio, el reglamento establece que para que un diputado pueda ejercer su derecho a voto en una sesión plenaria, debe estar presente en el Hemiciclo, salvo autorización expresa y previa de la Mesa autorizando su ausencia, en cuyo caso ejercerá su derecho a voto por vías telemáticas. Pero aquí ya comenzamos con las interpretaciones, ya que hilando fino, podemos preguntarnos qué significa estar en el Hemiciclo: ¿sentado en su escaño o en cualquier parte de la sala? Bien, la cuestión se resolvió, efectivamente, concluyendo que el diputado tenía que tener su digno trasero ubicado en el escaño que le corresponde, no pudiendo votar desde ninguna otra parte del Hemiciclo. Hasta aquí, todo perfecto.

Lo malo es que, como en muchas facetas de la vida ordinaria, una cosa son las reglas y otra muy diferente la norma habitual, que también es una regla pero no está escrita. En la realidad se han dado casos y se dan de diputados que votan desde las escaleras de los escaños, desde las entradas al Hemiciclo o desde donde les pille la votación. Se da un caso particular de un diputado (no diremos quién para no generar más disputas) que, una vez iniciada la votación, se encontraba entrando al Hemiciclo, de pie y caminando hacia su escaño sin la más mínima prisa. Y, ¿qué hizo? Pues bien fácil, levantar el brazo mientras caminaba y llevarse la mano hasta situarla por encima de su cabeza, para que todos vieran su voto. Vamos, que si cambiamos la mano por unas plumas, tenemos al primer diputado indio o, para ser más apropiado, miembro de una tribu de indígenas de Norteamérica. ¿Qué pasó? Nadie se revolvió en su escaño ni presentó la más mínima queja. Su voto tuvo la validez estándar y adecuada para todos.

¿Y votar desde las escaleras del Hemiciclo? Por si no lo conocéis, el Hemiciclo del Parlamento de Cantabria es bastante empinado (pindio, como diríamos por aquí) por lo que las señorías que ubican su escaño en la parte alta tienen que subir unos pocos escalones para llegar hasta él. ¿Resultado? Que dada la prolongada duración de algunas sesiones plenarias y el aburrimiento general que provocan otras, algunas de sus señorías optan por sentarse en los duros y fríos peldaños en vez de en su cálido y confortable escaño para entretener algo su asistencia y variar de posición. Y ni se molestan en moverse para votar, haciéndolo como si nada desde el peldaño convertido en escaño. ¿Qué pasa? Nadie se revuelve en su escaño ni presenta la más mínima queja. Su voto tiene la validez estándar y adecuada para todos.

El siguiente caso no es objeto de interpretaciones legales ni de estudio por parte del reglamento, pero lo cuento porque me parece interesante, controvertido y, digamos, divertido. Como habréis podido deducir de todo lo expuesto hasta ahora, en el Parlamento de Cantabria se vota a mano alzada. Nada de temas electrónicos, ni botones ni pantallas; vade retro satanás con esos temas del averno. Ni hablar de ello. Provocan mucho trabajo para los diputados y es un foco de equivocaciones indeseadas. ¿Resultado? La divertida escena de ver a sus señorías con el brazo levantado en cada votación y el secretario contar brazos que sí y brazos que no. Menos mal que con solo 35 diputados, el trabajo del conteo es fácil y 35 brazos se cuentan en un periquete. Pero aun así, las equivocaciones son habituales y el secretario cuenta más brazos de los que debe o menos, según el asunto le sea favorable o no. Aunque no toda la culpa la tiene el secretario, ya que algunas vienen dadas por un nuevo tipo de diputado que tenemos definido aquí: el diputado vago. No pertenece a ningún partido político en particular, sino que aparece por todas partes en el amplio espectro ideológico existente en la actualidad. Y se le denomina vago porque ni siquiera levanta la mano en las votaciones. Total, ¿para qué? Es más que probable que no se esté enterando de lo que se vota y, por supuesto, no sabe si tiene que votar a favor o en contra. ¿Solución? No levantar la mano nunca, evitando así el posible error. Ni siquiera se fija en lo que vota el portavoz de su grupo o si hace alguna señal indicando el sentido del voto que tiene que ejercer. No es como en el Congreso, donde es curioso ver cómo el portavoz de cada grupo parlamentario hace una señal con los dedos de una mano levantada que indica a sus compañeros de grupo lo que deben votar. ¿Qué pasa en estos casos? Nadie se revuelve en su escaño ni presenta la más mínima queja. El voto del diputado vago tiene la validez estándar y adecuada para todos.

Otra interpretación curiosa del reglamento es la referida a las puertas del Hemiciclo. Si, habéis leído bien, no es un error del autotranscriptor. Ya sabemos que el diputado tiene que hallarse en el Hemiciclo y en su escaño para poder ejercer su voto. Pero, ¿qué pasa si una votación le pilla en la cafetería con un cafelito o en el lavabo? Pues lo tiene complicado, porque se interpretó que cuando la presidencia anuncia que se va a proceder a la votación de un asunto, el ujier debe cerrar las puertas del Hemiciclo impidiendo así el paso del diputado tardón. En realidad, nunca se ha dado el caso de dar a un diputado con las puertas en las narices (nunca mejor dicho) e impedirle votar, pero sí ha habido varios casos de esfuerzos varios para parte del diputado para convencer al ujier de que no le cerrara al puerta y le dejara entrar. Y claro, si yo soy ujier y un diputado con prisas me aprieta para que no le cierre le puerta y le impida pasar, está claro que le dejo pasar y luego cierro la puerta. Y aquí paz y después gloria. ¿Problemas a mi por una puerta? Vamos, ni que fuera San Pedro con las llaves del paraíso. Y así se hizo hasta no hace mucho tiempo cuando, según otra interpretación más laxa del reglamento y que no figura en documento alguno, se mantienen las puertas abiertas y con paso expedito en todo momento, liberando a diputados y ujieres de las prisas por llegar a votar y de las llaves de las puertas, respectivamente. Y todos contentos.

Antes se ha comentado que un diputado no presente en el Hemiciclo puede ejercer su voto de forma telemática. Hasta ahí, todo perfecto. Pero, ¿cómo se define o instaura ese voto telemático? Mediante una nueva interpretación del reglamento. Bueno, de hecho, más de una. En primer lugar se exigió que un letrado estuviera presente en el lugar donde estuviera el diputado ausente y que ambos estuvieran viendo el desarrollo de la sesión plenaria en vivo y en directo para, en el momento de las votaciones, el letrado certificara el sentido del voto del diputado ausente. Surrealista y poco práctico, vamos. Posteriormente, ya no se exigió la presencia de un letrado, sino que podía ser cualquier otro funcionario (casi me toca a mi). Pero mediante otra interpretación, este escenario no se llegó a implantar nunca (menos mal) y estableció que el diputado ausente puede enviar su voto por correo electrónico a la presidencia y ésta tenerlo en cuenta a la hora de calcular el resultado de las votaciones. En la actualidad, un diputado padece una grave enfermedad que le hace permanecer en casa durante largos periodos de tiempo, y ejerce perfectamente su voto mediante correo electrónico a la presidencia sin presencia de ningún certificador del mismo.

En fin, como podéis ver, las interpretaciones al reglamento son muchas y variadas, y eso que solo me he centrado en las referidas a las votaciones en el Hemiciclo. Debido a ello, estoy convencido de que los letrados del parlamento se ganan hasta el último euro de su nómina, ya que en su trabajo les toca hacer de juez en diversos y espinosos asuntos, y luego les corresponde estar en reuniones bien cerca de algún diputado al que le han negado alguna reclamación que ellos creen justa, creando así un clima que se puede definir, por lo menos, como tenso. Yo, sinceramente, no me cambio por un letrado ni por todo el oro del Fort Knox ese.

Alfonso Rodríguez Serna.

Jefe de Servicio de Régimen Interno del Parlamento de Cantabria.

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